Embargo | Remate de Bienes | Abogados en Queretaro
Hace algunos días recibí una consulta de una persona que prestó su nombre a una vecina ---su amiga--- a fin de comprar a crédito en una mueblería un comedor.
La vecina recibió el comedor pero para la mueblería el obligado al pago era la persona que prestó su nombre.
La vecina no realizó los pagos a la mueblería, siendo que el precio del comedor fué aproximadamente de 3000 - 4000 pesos, razón por la que la mueblería demandó a la deudora, fué embargada su casa, y notificada de una demanda en la que se le requirió de pago, no le dió seguimiento a su expediente ---juicio--- porque la vecina le dijo que ella se hacia cargo, sin embargo, no ocurrió así y su casa fué rematada a un valor 50% inferior a su precio.
La señora prestó su nombre como deudor, nunca disfrutó del comedor y además perdió su casa en un remate, todo por hacerle un favor a su amiga desobligada.
Debemos aprender de la experiencia ajena y no asumir obligaciones que no les corresponden menos aun cuando para ello es necesario firmar documentos tales como pagarés.
Consultas:
Lic. Ricardo Escobedo
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